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Veri*factu o factura electrónica: nuestro software itramite ya está adaptado

Gonzalbes ha implementado en su software itramite el sistema VERI*FACTU, el nuevo sistema de facturación verificable en España por lo que podrás emitir tus facturas con total cumplimento de la normativa.


¿Qué es VERI*FACTU?

El término VERI*FACTU (o “sistema de emisión de facturas verificables”) proviene del reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023, que regula los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) y los formatos de los registros de facturación.


En esencia:

  • Un SIF compatible debe generar un registro de facturación para cada factura emitida (o anulada o rectificada), con una serie de medidas de seguridad: huella digital (hash), encadenamiento de registros, firma electrónica del emisor, etc.


  • En la modalidad VERI*FACTU, esos registros se remiten automáticamente (o casi instantáneamente) a la Agencia Tributaria cuando se emite la factura o poco después.


  • En la modalidad “no VERI*FACTU” (o sistema de emisión de facturas no verificables), los registros no se envían en tiempo real, sino que deben conservarse cumpliendo requisitos estrictos de integridad, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad, y estar disponibles para la Administración si esta los solicita.


En otras palabras: VERI*FACTU es una de las vías de cumplimiento del nuevo marco normativo, orientada a que la emisión de facturas quede “verificada” por Hacienda y se reduzcan los márgenes de manipulación o fraude.


¿Quiénes se verán afectados?

El sistema VERI*FACTU afectará a la mayoría de los sujetos que emiten facturas en España:

  • Autónomos y profesionales.

  • Pymes y grandes empresas.

  • Empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades.


Sin embargo, hay excepciones u otros regímenes:

  • Aquellas entidades que ya están obligadas al Suministro Inmediato de Información (SII) pueden quedar exentas del uso obligatorio de VERI*FACTU, porque ya operan bajo un sistema de envío de información periódica a Hacienda.


  • Los territorios con regímenes fiscales forales propios pueden aplicar normas distintas. Ahí ya utilizan otro sistema alternativo, Ticketbai


Plazos y fases de implementación

La normativa ha previsto una implantación escalonada. Algunos hitos importantes:


  • Desde 23 de abril de 2025, la Agencia Tributaria habilitó los servicios electrónicos vinculados a VERI*FACTU (para remisión de registros, consulta de registros, cotejo por QR, etc.).

  • A partir del 1 de enero de 2026, los contribuyentes sujetos al Impuesto sobre Sociedades deberán utilizar un sistema compatible con VERI*FACTU.

  • Para el resto de sujetos (incluidos autónomos), la fecha límite será el 1 de julio de 2026.


¿Se puede pedir a la Agencia Tributaria no aplicar Veri*factu?

El RSIF incluye una “solicitud de no aplicación” por la que sectores o colectivos profesionales pueden pedir al Departamento de Inspección de la AEAT que no se les exija, total o parcialmente, el uso de programas de facturación con los requisitos técnicos del reglamento. Esta vía está pensada para evitar perturbaciones graves en la actividad y se evalúa caso por caso. También contempla supuestos técnicos que hagan inviable cumplir puntualmente con el estándar (por ejemplo, componentes como el código QR u otros requisitos que no puedan implantarse de inmediato).


Hacienda advierte que se trata de circunstancias excepcionales. La autorización, si se concede, suele ser temporal y condicionada a un plan de adaptación: la exención cesa cuando desaparecen las causas que la justificaron, y la resolución puede fijar condiciones especiales (alcance, plazos, módulos concretos exonerados, etc.).


Quedar exento del RSIF no equivale a dejar de emitir factura electrónica. El RSIF regula el software y los registros de facturación (integridad, firma, encadenado, QR…), mientras que la obligación de factura electrónica descansa en otra normativa (Ley Crea y Crece y su desarrollo reglamentario). No elimina el deber de facturar electrónicamente cuando sea exigible.


Cómo prepararse (recomendaciones prácticas)

Si utilizas nuestro sistema de facturación de ventas desde itramite estarás cumpliendo con la normativa.


Tendrás que realizar como hasta ahora tus facturas de VENTAS desde nuestro sistema y cuando ya la tengas creada tendrás un botón llamado VERI*FACTU donde tendrás que acceder para realizar el envío de la factura.


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En ese enlace tendrás el detalle de todas las facturas que has enviado y podrás actuar sobre cualquiera de ellas

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Actualmente no está activado en tu tarifa ya que no es obligatoria realizar el envío a la Agencia Tributaria

Te explicamos el funcionamiento de la factura electrónica en este vídeo


 
 
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