La obligación, en claro
Qué te exige la ley hoy, sin adornos.
El registro de jornada es obligatorio en España desde el 12 de mayo de 2019, para toda empresa con personas trabajadoras por cuenta ajena, tenga una o tenga mil.
Registrar cada jornada
Hora de inicio y hora de fin de la jornada de cada persona trabajadora, día a día.
Guardarlo 4 años
Los registros deben conservarse durante cuatro años y estar disponibles en ese plazo.
Tenerlo a disposición
De la persona trabajadora, de la representación legal y de la Inspección de Trabajo.
Si no, sanción grave
El incumplimiento se califica como infracción grave, con multas de 751 € a 7.500 €.
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