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Subir facturas de compras y ventas a tu gestor

Actualizado: 2 oct 2023

Si eres cliente de la TARIFA PLUS y tienes que hacer llegar las facturas de compras o gastos al gestor en este vídeo te indicamos cómo hacerlo


Para enviar tus facturas de ventas ve al apartado Ventas - Facturas y utiliza el botón SUBIR FACTURAS

Por otra parte, te recordamos los criterios para que una factura pueda ser deducible en tu contabilidad


Previamente indicar que solo pueden ser deducibles aquellas facturas que vengan a nombre del autónomo y en la que aparezca su nombre y apellidos, NIF y domicilio fiscal.


Tickets.

Solo pueden deducirse si vienen indicados sus datos fiscales, nombre, NIF y dirección, siempre tienes que pedir que emitan una factura.

Factura de consumos (agua, luz, electricidad, etc...).

Deben ser los propios de la actividad que desarrollas, no pudiendo deducirse gastos de tu vida privada, y concretamos:


  • Suministros domésticos: el autónomo que trabaje desde casa y así esté indicado en su declaración censal (modelo 037 o 036) podrá acogerse al 30% sobre los metros de tu vivienda destinada a la actividad de deducción de los suministros de agua, luz, etc, de la parte proporcional de la vivienda destinada a la actividad. Por tanto, nos tienes que aclarar si las facturas que nos emitas por estos conceptos se corresponden con tu vivienda habitual.


  • Teléfono móvil, permiten la deducción si tienes dos líneas diferenciadas, una para tu negocio y otra para tu vida personal.


Dietas por manutención.

Gastos por dietas de manutención: el autónomo podrá deducirse 26,67 euros diarios (48 euros en el extranjero) cuando no pernocta y 53,34 euros diarios cuando pernocta en España y 91,35 euros en el extranjero. Ahora bien, deberá cumplir los siguientes requisitos: gastos debidos al desarrollo de la actividad económica, en establecimientos de restauración y hostelería, que se paguen por medios electrónicos y de los que se disponga de la correspondiente factura.


Local destinado a la actividad.

·Si tienes un local en el que desarrollas tu actividad podrás desgravarte los gastos asociados. Si tu oficina está en tu casa podrás desgravarte entre un 15% hasta el 50% si es de tu propiedad. En el caso de estar en régimen de alquiler deberías tener dos facturas diferenciadas ya que el destinado a la cuestión profesional debe incluir el IVA. Deberías comentarlo con tu casero.


Gasolina.

·Gastos de gasolina y asociados en vehículo particular, solo se admiten en autónomos que se dediquen a la actividad de transporte, viajeros, conductores, y asimilados.

Ahora bien la cuestión es más controvertida para el resto de autónomos, que solo podrían deducirse solo hasta un 50% en el caso del IVA siempre que puedan acreditar que el uso que hacen de ese combustible es para el propio de su actividad lo que requiere de prueba documentada.


Sin factura.

·Gastos que te puedes deducir sin factura, seguros, salarios, seguros sociales, comisiones bancarias, impuestos y otros.

·Y por último, no se puede deducir multas, sanciones, donaciones.

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